lunes, 26 de noviembre de 2012

BIENVENIDOS A MI BLOG

LE DAMOS LA BIENVENIDA A NUESTRO BLOG DE LA NOMINA ESPERO Y SEA DE AYUDA PARA RESOLVER TUS DUDAS SOBRE ESTE TEMA.

domingo, 25 de noviembre de 2012

Introduccion




En esta propuesta veremos la forma correcta  para liquidar una nomina mediante  la creación de un Blog y Utilizando los recursos necesarios para cumplir dicha necesidad.

sábado, 24 de noviembre de 2012

Concepto


Mensualmente o quincenalmente según sea el periodo de pago acorado,  la empresa debe proceder a liquidar su respectiva nómina para determinar los diferentes conceptos que adeuda al trabajador y que debe descontarle o deducirle.

viernes, 23 de noviembre de 2012

Formulas de las prestaciones Sociales


las fórmulas a utilizar son:
Prima de servicios: (Salario mensual*dias trabajados en el semestre)/360.
Cesantias: (Salario mensual*dias trabajados)/360.
Intereses sobre cesantias: ( Cesantias* dias trabajados*0,12)/360.
Vacaciones: ( salario mensual basico* dias trabajados)/720.


Prestaciones Sociales.

 
Por prestaciones sociales generalmente nos referimos a la prima de servicios, las cesantías, intereses sobre las cesantías,  la dotación y a las vacaciones, aunque estas últimas  no corresponden técnicamente a una prestación social, pero por costumbre y por simplicidad, se incluye dentro de ellas.
Los porcentajes aplicables son los siguientes:

 Prima de servicios: 8.33%
Cesantias:8.33%
 Vacaciones: 4.17%
 Dotacion: no aplica porcentaje, ni valor determinado.




Ejemplo Liquidación De Vacaciones.


Supongamos lo siguiente:
Sueldo básico: 850.000
Horas extras: 250.000
Recargos por trabajo nocturno: 100.000
Trabajo dominical: 100.000
Total devengado último mes: 1.300.000
Tiempo desde que se disfrutaron las últimas vacaciones: 330 días
De los valores anteriores hay que excluir los pagos por trabajo extra y dominical que corresponden a $250.000, de tal forma que el salario a tomar como base es de $950.000
Remplazando la fórmula se tiene:
950.000 x 330 /720 = 435.416.67

Liquidación De Vacaciones.


Las vacaciones corresponden a 15 días hábiles de descanso remunerado por cada año laborado, o proporcional por fracción de año si el tiempo laborado es inferior a un año. Veamos cómo sería su liquidación dependiendo del tiempo laborado.
La fórmula para liquidar las vacaciones es la siguiente:
(Salario mensual básico X días trabajados)/720
Tomamos el salario básico del trabajador, lo multiplicamos por lo días que haya trabajador en el año o desde que se liquidaron las últimas vacaciones, ya sean 360 días o menos, y el resultado se divide entre 720.